lunes, 22 de junio de 2015

NORMA CONTABLE N° 10 TRATAMIENTO CONTABLE DE OPERACIONES EN MONEDA EXTRAJENRA CUANDO COEXITEN MAS DE TIPO DE CAMBIO

El presente informe contiene un análisis del tratamiento contable aconsejable para el registro operaciones 
en moneda extranjera cuando coexisten más de un tipo de cambio para las mismas .en gran parte, el 
mismo está basado en el estudio realizado por la Comisión de Principios de Contabilidad y se considera 
complementario de la Recomendación No. 2 (modificada posteriormente por la Decisión No. 7) del 
Consejo Técnico de Auditoria y Contabilidad. 
 
1.. ANTECEDENTES 
El sistema monetario internacional presenta actualmente una situación que hace necesarias frecuentes alteraciones de los tipos de cambio entre las distintas monedas.. Por otra parte,, la realidad económica del país requiere,, en ocasiones ,, de modificaciones del tipo de cambio y a veces,, la adopción de controles de divisas con la consiguiente aparición de dos o más tipos de cambio.. Por otra 
parte,, la posibilidad de que en la práctica existan diferentes métodos extranjeras,, han hecho resaltar los problemas referentes a la conversión de monedas extranjeras a moneda nacional 
 

1..1.. Objetivos 
 Para el propósito de preparar estados financieros de una empresa,, el objetivo de la conversión 
de monedas es el de medir y expresar en pesos bolivianos y de conformidad con principios 
contables generalmente aceptados en Bolivia,, los activos,, pasivos,, ingresos o gastos que se 
hallan denominados en divisas.. Por consiguiente,, este informe establece normas de 
contabilidad financiera para la contabilización de transacciones en moneda extranjeras,, con 
especial énfasis en las conversiones de moneda extranjera a bolivianos.. 
 
1..2.. Efectos de las modificaciones en las tasas de cambio 
La tasa de cambio, es la relación entre la unidad de una moneda determinada ( en nuestro 
caso el peso boliviano) y el monto de otra moneda. Así el tipo de cambio único del dólar hasta 
el 30 de julio de 1981, era de un peso boliviano por cuatro centavos de dólar (por comodidad se 
acostumbra decir que Sb 25.- equivalen $us 1). En esta última fecha se promulgó el decreto 
supremo No. 18530 que dispone el control de divisas por parte del banco Central de Bolivia, lo 
cual da lugar a que en el mercado paralelo, que no es ilegal, la tasa de cambio del peso 
boliviano disminuyó según los periodos de tiempo que se consideren. La existencia de 
mercados paralelos de divisas. Para reflejar adecuadamente la transacción debe utilizarse la 
tasa de cambio efectivamente pagada. 
 
1..3.. Necesidad de la conversión 
Si una empresa realiza una transacción inmediata a que requiere a una paga posterior en 
moneda extranjera,, es necesario convertirla a la moneda local para registrar la transacción e 
incorporarla posteriormente a los estados financieros,, los cuales según el artículo 41 del Código 
de Comercio deben expresar los valores en moneda nacional.. 
 
1..4.. Transacciones en divisas 
Una empresa puede hallarse involucrada en varios tipos de transacciones que requieren su 
liquidación en divisas,, entre ellas: 
 
-- Comprar o vender el contrato o al crédito mercancías o servicios cuyos se hallan fijados en 
divisas.. 
-- Presentarse o prestar fondos en divisas,, cuyos pagos deban realizarse también en moneda 
extranjera.. 
-- Comprar,, vender o mantener fondos en divisas.. 
-- Ser parte de un contrato a futuro en moneda extranjera.. 

REALIZADO POR
CARLOS EDUARDO MARQUEZ SALINAS
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario